Suprema Corte reitera prohibición del Outsourcing
Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró, nuevamente, que la contratación de personal a través de empresas de outsourcing está prohibida a excepción de cuando se trata de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas.
El pasado 18 de junio la Segunda Sala resolvió un recurso de revisión derivado de un amparo en el que explicó que la reforma en materia de subcontratación de personal de 2021 se realizó porque las modificaciones de la Ley Federal del Trabajo aprobadas desde 2012 fueron insuficientes para evitar prácticas indebidas por parte de algunos patrones.
Este tipo de prácticas impactaban en la seguridad social, el ámbito fiscal y hasta penal, lo que generó la proliferación y crecimiento de grupos de empresarios que optaban por esquemas de subcontratación simulada.
En consecuencia, esto derivó en diversos abusos hacia los trabajadores contratados por outsourcing, a quienes se les registraba con un salario inferior al que realmente percibían, se les afectaba en el reparto de utilidades y no podían acceder a una jubilación digna, lo que también iba en detrimento de las finanzas públicas.
Por ello, en el recurso, la Sala validó diversos requisitos para que las empresas que realicen subcontratación especializada no incurran en ilegalidades y declaró que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no tiene facultades para definir qué debe entenderse por servicios u obras especializadas.
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